El Tribunal Supremo avala la legitimidad de los sindicatos para negociar planes de igualdad

La sentencia rechaza el recurso de CEOE y remarca el papel de los sindicatos


La Unión General de Trabajadoras y Trabajadores considera que la sentencia del Tribunal Supremo que desestima el recurso interpuesto por la CEOE contra el art. 5.3 del RD 901/2020 sobre reglamento de los planes de igualdad y en el que cuestionaba la legitimidad de los sindicatos más representativos para negociar planes de igualdad en empresas donde no tienen representación, avala el papel de las organizaciones sindicales y supone un paso más en favor de la igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral.

El sindicato destaca además que esta sentencia recuerda así mismo que la negociación de los planes de igualdad no puede encomendarse a una comisión ad hoc.

En cuanto a la posible vulneración de la protección de datos relativa a la información necesaria que debe aportar la empresa para poder realizar el diagnóstico y posterior plan de medidas, a los que hace referencia también el recurso de la CEOE, el Tribunal rechaza también el alegato de la patronal, señalando y recordando que los datos que se requieren “son necesarios para realizar el diagnóstico” y que “aún desagregados por sexo, están disociados y no contienen, en principio, datos personales susceptibles de identificar al trabajador/a de la empresa”.

UGT subraya que, desde el punto de vista jurídico, los planes de igualdad tienen la misma consideración que los convenios colectivos y para una autentica negociación de los mismos - sin la que los planes de igualdad no tendrían eficacia alguna- y el cumplimiento de la normativa laboral, es necesario garantizar la legitima representación de los trabajadores y trabajadoras, de forma que en aquellas empresas en las que no existe dicha representación, han de ser los sindicatos más representativos los que avalen la misma.

Con ello se ratifica lo ya dispuesto por la normativa legal que trata de avanzar en la consecución de la igualdad entre mujeres y hombres y en la eliminación de la discriminación sexista en el ámbito laboral y cuyos progresos no están exentos de obstáculos y resistencias como este recurso de CEOE para intentar anular un precepto basado en la estricta legalidad.