Es imprescindible dar cumplimiento a los mandatos constitucionales relegados hasta ahora
Fecha: 05 Dic 2018
UGT, ante el 40 Aniversario de la Constitución Española
La Confederación Sindical Unión General de Trabajadores, ante la celebración del 40 Aniversario de la Constitución Española, considera imprescindible recordar que hay mandatos constitucionales cuyo pleno desarrollo ha sido relegado durante años y sin los cuales no se pueden entender a nuestro país como el Estado Social que proclama la propia Constitución. El sindicato considera que el marco constitucional aprobado por la ciudadanía en 1978 ha hecho posible nuestro crecimiento en paz y libertad, así como afrontar los grandes problemas vividos en estos años como las amenazas involucionistas, el terrorismo o las tensiones territoriales, pero sería un error centrarnos en la complacencia o en debates sobre posibles reformas –seguramente convenientes- que una vez más relegaran del debate público lo que está pendiente.
El Título Primero de la Constitución recoge derechos y deberes fundamentales como el derecho de reunión pacífica (artículo 21.1), el derecho de huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses (artículo 28.2), el deber de trabajar y el derecho al trabajo (artículo 35.1), el deber de todos de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos en un sistema tributario justo (artículo 31.1), el derecho a la negociación colectiva entre los representantes de los trabajadores y los empresarios y la fuerza vinculante de los convenios colectivos (artículo 37.1), el deber de los poderes públicos de promover una distribución de la renta regional y personal más equitativa (artículo 40), el derecho de todos los españoles a disfrutar de una vivienda digna y adecuada (artículo 47), o la obligación de los poderes públicos de garantizar pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas (artículo 50).
Todos esos derechos, libertades y obligaciones (y algunos otros como el derecho a la libertad de expresión y a recibir información veraz) han sido relegados, recortados o directamente criminalizados en la práctica política de estos años, con mayor intensidad durante la gran crisis económica. La fuerza vinculante de esos artículos es la misma que la del resto de preceptos constitucionales, no son expresiones utópicas sino preceptos con la misma fuerza legal que los demás, y se condicionaron con la espuria y vergonzante reforma del artículo 135 realizada en 2011 y nunca respaldada expresamente por la ciudadanía.
Derogar la reforma del 135
El Sindicato considera que la reforma constitucional más prioritaria es, precisamente, revertir los cambios introducidos en el año 2011 y volver al texto original o, de forma alternativa, acometer una nueva reforma que blinde el estado del bienestar (sanidad, educación, pensiones, dependencia, y demás derechos sociales) y establezca un suelo de gasto social no afectado por las reglas del déficit público.
Sería necesario, además, revertir la legislación producida al amparo de esa reforma y los principios que la inspiraron devolviendo a la ciudadanía los derechos arrebatados. Sería necesario, en consecuencia, derogar la Ley de Seguridad Ciudadana (Ley mordaza), recuperar los principios de equidad, suficiencia y progresividad para el sistema tributario; replantear completamente una política de vivienda que ha servido más a la especulación y la corrupción que a los ciudadanos, y derogar la reforma de las pensiones de 2013 así como las últimas reformas laborales, entre otras medidas.
Derechos criminalizados
Especial gravedad tiene, a juicio de UGT, el cuestionamiento y la criminalización de algunos derechos constitucionales, como el derecho de huelga (artículo 28.2), acosado por campañas políticas y mediáticas que habrían sido consideradas intolerables de haber afectado a otros preceptos; está dinámica, instrumentada a través de instrucciones a las fiscalías, ha provocado el encausamiento o condena de más de 300 sindicalistas por ejercer su derecho legal a la huelga para oponerse a las políticas de recortes que se nos han impuesto en los últimos años.
El cuestionamiento de las organizaciones sindicales (reconocidas junto a las organizaciones empresariales en el Título Preliminar de la Constitución, inmediatamente después de los partidos políticos, como “contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y la ley”) ha estado dirigido por el mismo objetivo de anular cualquier cuestionamiento a la aplicación de políticas regresivas, injustas, y generadoras de pobreza y desigualdad. Sin embargo, y por el contrario, seguimos sin dar el desarrollo adecuado a los preceptos constitucionales que atribuyen a las organizaciones sindicales funciones de eficacia general, como la negociación colectiva, que a día de hoy sigue pagándose con las cuotas de los afiliados y afiliadas a las organizaciones sindicales, constituyendo una anomalía injusta que es necesario abordar.
Finalmente, UGT considerar que recuperar el respaldo ciudadano a las normas e instituciones de nuestra democracia requiere una renovación del compromiso colectivo con el marco constitucional en su conjunto, reconduciendo la práctica política hacia el ejercicio libre de planteamientos e ideas de contenidos diferentes, pero al servicio del interés público y de un desarrollo económico y social cohesionado y pacífico.
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