El nuevo Gobierno debe reforzar la prevención de riesgos

Fecha: 16 Ago 2016

Para la Unión General de Trabajadores el aumento de la siniestralidad laboral en esta nueva fase de crecimiento económico es incompatible con el modelo productivo de un país avanzado. Los recortes de inversión en prevención de riesgos laborales y el aumento de la precariedad están provocando un incremento de los accidentes y enfermedades en el trabajo y reclama al nuevo Gobierno, un sistema objetivo de calificación y clasificación de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales para incorporar patologías que se siguen tratando como enfermedad común, o eliminar los artículos 20.4, 52.d y 54.f del Estatuto de los Trabajadores, que permiten a los empresarios inmiscuirse en los procesos de enfermedad o accidente de los trabajadores e incluso despedirlos por esa causa.

La nueva fase de crecimiento económico está siendo acompañada de un aumento de la siniestralidad laboral que es incompatible con el modelo productivo y laboral de un país avanzado. Los recortes también han supuesto una merma de la inversión en prevención de riesgos laborales, y el aumento de la precariedad en el empleo está extendiendo los riesgos. Es preciso mejorar el sistema de calificación y declaración tanto de los accidentes de trabajo como las enfermedades profesionales o las provocadas por el trabajo.

• Establecer un sistema objetivo de clasificación por gravedad de los accidentes de trabajo.

• Revisar el sistema de calificación y declaración tanto de los accidentes de trabajo como las enfermedades profesionales, con objeto de incorporar patologías relacionadas con el trabajo que, aun conociendo su origen laboral, se siguen tratando como enfermedad común, y prestando especial atención a los cánceres de origen profesional, las patologías musculoesqueléticas y las derivadas de los riesgos psicosociales.

• Eliminar íntegramente los artículos 20.4 del ET, que permite al empresario verificar el estado de enfermedad o accidente del trabajador para justificar sus faltas de asistencia al trabajo, 52.d ET, que regula la extinción del contrato por faltas de asistencia aun siendo justificadas, y 54.f ET, para que las adicciones no sean causa de despido o sanción.

• Derogar la normativa de Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social (Ley 35/2014).

• Incluir la especialidad de medicina del trabajo dentro del sistema público de salud.

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Fuente: UGT