UGT alerta de los riesgos del gas Radón para la salud de los trabajadores y trabajadoras
Fecha: 07 Nov 2017
- 1.500 muertes al año en España por la exposición a este gas cancerígeno, según el proyecto UE RadPard
- UGT exige al Gobierno que transponga la directiva europea que adecua los niveles máximos indicados para el medio laboral y apruebe un Plan Nacional de Radón
- El sindicato promoverá la creación de un grupo de trabajo en el seno de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo para estudiar los riesgos para los trabajadores que tienen la exposición a este gas y la implementación de las medidas preventivas
Con motivo del 7 de noviembre, Día Europeo del Radón, la Unión General de Trabajadores llama a sensibilizar tanto a los poderes públicos como a los ciudadanos del problema de salud pública que supone la inhalación de este gas radiactivo de origen natural, catalogado como cancerígeno por la Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer (IARC).
El Radón es un gas noble, incoloro, inodoro e insípido que se concentra fundamentalmente en zonas de alto contenido granítico, sobre todo en el subsuelo desde donde emana hacia los edificios por las grietas y fisuras. La exposición principalmente se produce en los hogares, pero también en los centros de trabajo.
Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), la segunda causa de cáncer de pulmón detrás del consumo de tabaco es el Radón. Se estima que en España cada año son atribuibles más 1.500 muertes a la exposición de este gas, según el proyecto UE RADPARD.
La Unión Europea ha reconocido que la exposición constante al radón supone un riesgo para la salud y tras años de alertas obligará a los gobiernos, entre ellos el español, a tomar medidas al respecto. El próximo 6 de febrero de 2018 finalizará el plazo para trasponer la Directiva 2013/59/EURATOM. La Secretaría de Estado de Energía ha iniciado recientemente los trámites para su trasposición, por lo que es previsible que España agote dicho plazo.
En este sentido, UGT considera imprescindible trasponer la mencionada Directiva a la legislación española, que hubiera sido deseable que se hubiera realizado antes del plazo marcado, con el fin de adecuar los niveles máximos indicados para el medio laboral y aprobar un Plan Nacional de Radón que establezca, entre otras cosas, la medición de este gas en los puestos de trabajo, al efecto de evaluar la exposición y poder adoptar las medidas preventivas necesarias.
Además, para UGT resulta fundamental llevar a cabo, en el entorno laboral, una labor de información sobre los riesgos que conlleva la exposición, así como formación adecuada de los trabajadores y trabajadoras, con el fin de que ayuden a identificar el riesgo y eliminar sus efectos. Del mismo modo, se debe hacer una campaña de sensibilización en las empresas. Los empresarios deben conocer sus efectos de cara a adoptar cuantas medidas sean necesarias para garantizar la salud de los trabajadores y trabajadoras a su cargo.
El artículo 62 del Real decreto 783/2001, de 6 de julio, obliga a las empresas que realizan actividades con exposición a este gas a su inscripción en el Registro de actividades con exposición a la radiación natural. A fecha de febrero de este año, últimos datos de que disponemos, sólo existían 52 empresas inscritas. Esta subdeclaración permite eludir la acción inspectora de la Administración desprotegiendo a los trabajadores frente a este riesgo. Otras de las carencias detectadas es que en las empresas en la que existe exposición a este gas no se ha realizado la medición.
Por ello, la Unión General de Trabajadores promoverá la creación de un grupo de trabajo en el seno de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo cuya finalidad sea el estudio de los riesgos para la salud de los trabajadores que tiene la exposición a este gas, la implementación de las medidas preventivas necesarias para preservar su seguridad y salud, así como el seguimiento del cumplimiento de las obligaciones que contempla la Directiva 2013/59/EURATOM.