UGT pone en marcha un plan de actuación para el uso de sílice cristalina respirable
Fecha: 28 Nov 2019
El Sindicato exige a las empresas la adopción de medidas para la protección de los trabajadores
Hace unas semanas se presentó el Proyecto de Real Decreto ante el Pleno de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo el 8 de octubre. El Gobierno tiene la obligación de trasponer antes de enero la Directiva 2017/2398 que modifica la Directiva de agentes cancerígenos y mutágenos.
La nueva Directiva fija valores límites obligatorios para 14 sustancias cancerígenas, frente a los 3 existentes en la anterior, pero se trata de un nivel de protección mínima que puede ser mejorado por los Estados miembros en el momento de la trasposición. El ordenamiento preventivo español cuenta como documentación de referencia con el documento “Límites de Exposición Profesional para Agentes Químicos en España” que se revisa anualmente desde el año 2000 por el grupo de trabajo de valores límites de la Comisión Nacional, con participación de la Administración General del Estado, CCAA y organizaciones patronales y sindicales más representativas.
Durante todo el proceso de tramitación del Real Decreto, desde UGT hemos solicitado que la trasposición respetara los valores límites vigentes en España en aquellos casos en los que eran inferiores a los propuestos por la Directiva, al objeto de mantener el nivel de protección de los trabajadores expuestos de los últimos años. Este criterio se vino reflejando en los borradores facilitados por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social durante el proceso de tramitación. Sin embargo, en el Proyecto definitivo presentado a la Comisión Nacional, el Gobierno renuncia a este criterio e incrementa los valores límite de tres sustancias, aceptando las alegaciones de empresas, organizaciones patronales y la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo (AMAT).
Desde UGT entendemos que esta trasposición literal puede suponer un grave deterioro del nivel de protección de la población laboral expuesta, ya que en el caso de la sílice cristalina se pasa de 0,05 mg/m3 a 0,1 mg/m3, en el del bromoetileno de 2,2 mg/m3 a 4,4 mg/m3 y en el de la acrilamida de 0,03 mg/m3 a 0,1 mg/m3.
La Directiva 2017/2398 está orientada a mejorar la protección de los trabajadores y las trabajadoras frente a los agentes cancerígenos o mutágenos, algo que se garantiza con la entrada en vigor del resto de valores límite. Sin embargo, el aumento en España de los valores límites de sílice cristalina, acrilamida y bromoetileno choca frontalmente con este objetivo y en algunos casos supone un retroceso de décadas en los niveles de protección, algo especialmente dramático en el caso de la sílice cristalina, debido al gran volumen de población trabajadora expuesta y al repunte de casos de trabajadores enfermos por este agente que se ha experimentado en nuestro país durante los últimos años.
Plan de actuación UGT Fica Sílice Cristalina
Ante la inminente transposición de la directiva europea de productos cancerígenos, que clasifica la Sílice Cristalina Respirable (SCR) como sustancia cancerígena, UGT-FICA ha puesto en marcha un plan de actuación para informar a todos los trabajadores de los riesgos que conlleva la utilización de este material, la exposición a la Sílice Cristalina provoca Silicosis y cáncer de pulmón, y las medidas que deben exigir a las empresas para la protección de la salud de los trabajadores en los sectores donde se utilizan materiales con esta sustancia.
Además de la campaña de información, dirigida a los trabajadores y trabajadoras, desde UGT vamos a solicitar al Gobierno, a través de los diferentes Ministerios y Organismos implicados:
- La creación, en el seno de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, de un grupo específico para la Sílice Cristalina.
- La implantación de un PROGRAMA NACIONAL DE VIGILANCIA SANITARIA ESPECÍFICA para los trabajadores expuestos a Sílice.
- Una adecuada y permanente coordinación entre Autoridades Sanitarias y Laborales en el suministro e intercambio de información sobre los trabajadores expuestos y post-expuestos a estas partículas.
- Solicitar al INSST una campaña específica de información y sensibilización para los trabajadores y trabajadoras expuestos a la Sílice Cristalina.
- Y vamos a seguir reivindicando que se utilice la obligada trasposición de la Directiva 2017/2398, de 12 de diciembre para:
- Preservar y garantizar el valor límite del 0,05 actualmente adoptado por nuestro país.
- Crear el REGISTRO DE EMPRESAS CON RIESGO DE EXPOSICIÓN A LA SILICE cómo fórmula idónea para localizar actividades e identificar a trabajadores expuestos.
- Instaurar el derecho del trabajador expuesto a pedir y obtener de su empresario un certificado donde consten sus datos clínico-laborales, en los supuestos de extinción de su contrato de trabajo (en similares términos a los regulados hoy en el artículo 14.5 del RD 396/2006, de 31 de marzo para los trabajadores del amianto.)
- Homogeneizar criterios para el intercambio de información entre servicios de prevención y autoridades sanitarias, y su carácter periódico, especialmente en los supuestos de extinción de contratos de trabajo del personal expuesto
- Regular el tiempo máximo, en jornada diaria, del uso de protecciones respiratorias (4 horas/día).
- La actualización de aquellos protocolos sanitarios directamente aplicables.
Desde UGT exigimos la revisión de estos valores; sílice cristalina, acrilamida y bromoetileno antes de la aprobación del RD en el Consejo de Ministros. Rechazamos rotundamente que se adopten valores superiores justificando la adopción de estos valores tal y como se indica en el proyecto de RD en aras a la competitividad de las empresas. A nuestro juicio, no se puede anteponer la competitividad y los beneficios empresariales frente a la salud de la población trabajadora, máxime cuando las empresas españolas ya deberían haberse adaptado a los niveles de protección establecidos legalmente desde hace años o incluso décadas en nuestro país.
Recordamos que, en el caso de la sílice, la Comisión Europea advertía, ya en 2016, que había 5.300.000 personas trabajadoras expuestas a este cancerígeno en la UE, siendo España el país que registra mayor cantidad de trabajadores y trabajadoras expuestos, con un 26,8% del total, una cifra que ha experimentado un acusado repunte en los últimos años.