La desconexión digital es tu derecho, no un privilegio: ¡Ejércelo!

UGT reclama que este derecho se incluya en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Fecha: 14 Ago 2024

Un móvil guardado en una cesta

En pleno periodo estival, cuando la mayoría de las personas trabajadoras disfrutan sus vacaciones, UGT recuerda que la desconexión digital es un derecho. A través de él, se garantiza el descanso, la conciliación de la vida personal y laboral y la protección de la seguridad y salud de las personas trabajadoras.

El sindicato hace hincapié en que todos los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a la desconexión digital. También aquellos que trabajan a distancia. Este derecho viene recogido en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales y en la Ley de Trabajo a Distancia. Sin embargo, UGT reclama que este derecho se incluya también en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

El problema de no desconectar durante los periodos de descanso, incluidas las vacaciones, es que la persona trabajadora no se recupera ni física ni mentalmente. Al contrario, para los afectados, se prolonga la jornada laboral; se aumenta la carga de trabajo; se favorecen las interrupciones; crecen las tareas que inicialmente no estaban previstas y se genera una necesidad de urgencia en la respuesta.

Todo ello puede resultar en problemas de salud derivados de la exposición a riesgos psicosociales y ergonómicos. Estos pueden abarcar patologías relacionadas con la salud mental, cardiovascular y musculoesquelética. Además, pueden aflorar problemas de conciliación y mantenimiento del sueño; de aumento del nivel de tecnoestrés y de la fatiga informativa; además de una disminución del rendimiento.

UGT recuerda que las empresas tienen la obligación de elaborar una política interna, previa audiencia de los representantes legales de las personas trabajadoras, en la que se definan las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión a través de medidas concretas. Del mismo modo, deben llevar a cabo acciones de formación y de sensibilización del personal sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas para evitar el riesgo de fatiga informática. 

Además, es obligatorio que las empresas evalúen los riesgos laborales y planifiquen la actividad preventiva del trabajo a distancia. En este caso, además, se deben tener en cuenta los tiempos de disponibilidad y la garantía de los descansos.
El sindicato recuerda, del mismo modo, que a través de los convenios o acuerdos colectivos es posible establecer los medios y formas para garantizar el derecho a la desconexión digital. 

En UGT disponemos de una serie de cláusulas tipo que pueden negociarse en los convenios colectivos enfocadas a garantizar el derecho a la desconexión digital, pueden descargarse aquí.

Díptico “En vacaciones, ¡desconectar es tu derecho!”

 


Fuente: ugt