UGT reclama un protocolo de salud y seguridad para el colectivo de trabajadoras del hogar
Fecha: 09 Abr 2020
Casi 400.000 personas sin protección específica en materia de prevención
► UGT alerta de que la relación laboral especial del servicio del hogar familiar está excluida de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales
► Es necesario acelerar los plazos para acceder al subsidio extraordinario por falta de actividad sobre todo para los casos en los que el cese de la actividad genere una mayor desprotección
► El sindicato recuerda que las medidas adoptadas por el Gobierno dejan fuera a quienes trabajan en el marco de la economía sumergida y que queda por clarificar si alguna de las tareas prestadas por trabajadoras del hogar son o no esenciales
La Unión General de Trabajadores considera que el subsidio extraordinario por falta de actividad para las trabajadoras del hogar será, sin duda, un respiro para un colectivo hasta ahora carente de protección en los casos de desempleo, y más en un momento de extraordinaria dificultad para el conjunto de la población.
El sindicato valora positivamente el esfuerzo por encontrar una solución de emergencia en este contexto de crisis sanitaria para un sector casi totalmente feminizado y en el que casi la mitad de las personas afiliadas tienen nacionalidad extranjera. Sin embargo, destaca una serie de cuestiones que resultan preocupantes debido a las características especiales de esta relación laboral.
Tal como figura en el Real Decreto Ley 11/2020, hasta el 2 de mayo, no se establecerá el procedimiento para la tramitación de solicitudes, formularios y plazos para hacer efectivo este derecho que se extiende a las situaciones de suspensión, reducción de jornada, despido o desistimiento que se hayan producido con posterioridad a la entrada en vigor del estado de alarma. Esto retrasará, sin que pueda especificarse hasta cuando, la posibilidad de cobro de esta prestación. Una situación especialmente grave en los casos de despido o desistimiento en los que puedan verse implicadas trabajadoras del hogar internas que, además de perder el trabajo, perderán el alojamiento y la manutención que percibían como salario en especie.
Por otra parte, las trabajadoras siguen manifestando sus dudas sobre si los servicios que prestan son o no considerados esenciales, una incertidumbre que también se extiende a la parte empleadora. No podemos olvidar que estamos hablando de familias y no de empresas.
Tampoco podemos olvidar que, como todas las medidas adoptadas en el ámbito laboral, se refieren a trabajadores en alta en seguridad social, de forma que dejan fuera por ahora a quienes trabajan en el marco de la economía sumergida.
UGT muestra igualmente su preocupación por las cuestiones referidas a la salud y seguridad de estas trabajadoras, ya que la relación laboral especial del servicio del hogar familiar está excluida de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, de hecho, no hay más referencia a esta circunstancia en la norma que regula la relación laboral, que la que señala que la parte empleadora debe cuidar de que el trabajo se realiza en condiciones adecuadas de seguridad y salud. Esto, en una situación como la actual, de grave crisis sanitaria, cuando todas las empresas están obligadas a adoptar medidas en materia de protección a los trabajadores y trabajadoras, se elaboran protocolos específicos, medidas de autoprotección y obligaciones por parte de las empresas, deja a un colectivo de casi 400.000 personas que desarrolla su trabajo en hogares familiares, sin protección específica alguna en materia de prevención.
La Unión General de Trabajadores por todo ello reivindica:
- Una aceleración del plazo establecido para poder solicitar la prestación para los casos en los que el cese de la actividad genere una mayor desprotección: trabajadoras internas que se hayan quedado sin la prestación en especie del alojamiento, trabajadoras a tiempo completo y trabajadoras en varios domicilios que hayan perdido todos ellos y no realicen otra actividad laboral en otro régimen o sistema de la Seguridad Social.
- La clarificación de que tareas de las prestadas por trabajadoras del hogar son o no esenciales, teniendo en cuenta que pueden realizar diferentes actividades por cuenta de personas que precisan cuidados, a fin de que, en el caso de no ser esenciales, puedan incorporarse a los supuestos de permiso retribuido, sin que ello implique la finalización de su contrato.
- El establecimiento de un protocolo de salud y seguridad para trabajadoras del hogar con motivo de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19, de obligado cumplimiento tanto para la trabajadora (medidas de autoprotección) como por la parte empleadora en cuanto a medidas a tomar en los hogares y los medios materiales necesarios para garantizar la seguridad de la trabajadora en el desarrollo de su trabajo y en sus desplazamientos.