Urge revisar el listado de enfermedades profesionales español

Hasta el primer semestre de 2024 se han declarado 14.705 enfermedades profesionales, lo que supone un aumento del 5,54% respecto al primer semestre de 2023, según los datos del Observatorio de las contingencias profesionales de la Seguridad Social

Fecha: 29 Jul 2024

enfermedad

Del total de las enfermedades profesionales declaradas, 6.259 han causado la baja de la persona trabajadora (+4,98% en comparación con el primer semestre de 2023), y 8.446 no implicaron baja laboral (+5,96%). Por su parte, el año 2023 se cerró con 25.625 expedientes de enfermedades profesionales (aumentando en un 14,36% respecto a 2022).

Aunque es evidente que la declaración de enfermedades profesionales ha vuelto a aumentar, desde UGT debemos seguir denunciando la infradeclaración existente en nuestro país. Con tal de combatirla, el sindicato ha propuesto una batería de acciones ante la Mesa de Diálogo social en materia de prevención de riesgos laborales, abierta actualmente. 

Para empezar, UGT sugiere una actualización del Listado de Enfermedades Profesionales Español, así como la inclusión de las patologías relacionadas con los riesgos psicosociales en el Cuadro Español de EEPP. En esta revisión, también se debe dotar al listado de enfermedades profesionales de perspectiva de género, incluyendo patologías relacionadas con actividades feminizadas, así como las actividades con alta presencia de mujeres para aquellas patologías que ya están presentes. 

Es un hecho que muchas de las actuales enfermedades relacionadas con el trabajo tienen un origen multicausal y no exclusivo del trabajo, como es el caso de los cánceres y las enfermedades cardiovasculares. Debido a esto, muchas de las que tienen un origen laboral no son consideradas como tales. Por tanto, planteamos la modificación del concepto de enfermedad profesional (Art. 157 TRLGSS), para que no se exija la exclusividad de la causa laboral, sino que sea causa prevalente. 

Subsidiariamente, proponemos la modificación del art. 156. 2 e) TRLGSS (concepto de enfermedad relacionada con el trabajo) en este mismo sentido y para que, al menos, se califiquen como accidente de trabajo, siendo así consideradas como contingencia profesional. Un claro ejemplo es la ausencia de las patologías relacionadas con los riesgos psicosociales en el Cuadro Español de EEPP. Por el contrario, en 2010 la OIT sí que incluía los trastornos mentales o del comportamiento en su listado. Por ello, desde UGT continuamos reclamando una actualización del Listado de Enfermedades Profesionales Español para que estos sean incluidos. 

Aunque es cierto que en el sistema PANOTRATSS se declaran los desórdenes mentales, estos son tratados como accidentes de trabajo en lugar de como enfermedades profesionales. Así, según la estadística, durante el primer semestre de 2024 únicamente se han declarado 69 casos de desórdenes mentales causados por el trabajo y 7 casos agravados por el trabajo. En cuanto a los datos definitivos de 2023, se registraron 127 casos de desórdenes mentales causados por el trabajo y 17 agravados por el trabajo.

El problema es grave, ya que en 2023 se suicidaron 3.952 personas en España, según las cifras del Instituto Nacional de Estadística (INE), suponiendo un 6,5% menos que en 2022. El mismo año 2023 las bajas laborales por contingencia común derivadas de trastornos mentales fueron algo más del doble que las registradas en 2016. 

Asimismo, cabe destacar que, durante los seis primeros meses del año, únicamente se han reconocido 50 enfermedades causadas por agentes cancerígenos: 24 de ellas provocados por la exposición a fibras de amianto y 11 por exposición a polvo de sílice. Mientras que en 2023 se comunicaron 94 partes de enfermedades profesionales causadas por agentes cancerígenos, entre ellos 57 fueron causados por la exposición a fibras de amianto y 7 por exposición a polvo de sílice.  Estos datos contrastan fuertemente con la estimación de que en España anualmente fallecen 8.700 hombres y 850 mujeres por cánceres debidos a exposiciones laborales. 

Desde UGT, reivindicamos la creación de dos registros: uno para casos de exposición a agentes cancerígenos y otro para casos en que no hay exposición. Paralelamente, continuamos reclamando que la COVID-19 sea incluida en el Grupo 3 (causadas por agentes biológicos) del listado español de enfermedades profesionales, en línea con lo establecido por la Recomendación Europea relativa a las enfermedades profesionales, en la que ya se incluyó la COVID-19.

Recordamos que esta elevada infradeclaración supone un alto coste, no solo para los trabajadores y trabajadoras que sufren enfermedades profesionales, los cuales se ven privados tanto del reconocimiento social como de ciertas prestaciones, sino también para el sistema público de salud, al cual se derivan los costes que deberían ser asumidos por las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social.